Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria
El 5 de mayo de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Ministerial N° 103-2020-PCM, por la cual se aprueban los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19”.
A continuación, exponemos las disposiciones más importantes en beneficio de los ciudadanos:
- Medidas prioritarias iniciales a adoptar por las entidades públicas:
- Aplicar el trabajo remoto en todas las actividades y acciones en las que fuera posible.
- Habilitar la digitalización de trámites, servicios u otros, así como mecanismos no presenciales en lo que fuera posible para la entidad.
- Establecer el aforo máximo de los locales y áreas para establecer las medidas de sanidad y acondicionamiento necesario.
- Elaborar y aprobar el “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID- 19 en el trabajo”.
- Para la reactivación de las entidades públicas:
- Deben considerar la adecuada prestación de los servicios y actividades críticas para su funcionamiento, con el fin de determinar la entrega de bienes y prestación de servicios a la ciudadanía.
- Deben aplicar un tamizaje a los servidores y servidoras que realizarán labores presenciales previo a su regreso al trabajo, concluido el estado de emergencia, de acuerdo con los Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19, aprobados por el Ministerio de Salud.
- Para la atención a la ciudadanía:
- Establecer, promover y difundir la mejora o implementación de diversos canales de atención y entrega de bienes y servicios a la ciudadanía, priorizando la adopción de canales telefónicos y digitales.
- Evaluar e implementar, de manera progresiva, ventanillas virtuales y promover la simplificación administrativa.
- Acondicionar las zonas físicas de la entidad en la que se brinda la atención presencial a la ciudadanía.
- Redoblar los protocolos de limpieza y desinfección en los ambientes donde se brinda la atención a la ciudadanía.
- Evaluar la instalación de anexos telefónicos en las zonas de atención.
- Dotar al personal de la Entidad de equipos de protección y seguridad como guantes, mascarillas y desinfectantes.
- Establecer mecanismos de gestión de cola y atención que garanticen que las personas cumplan las medidas de distanciamiento social.
- Establecer para el ingreso a las instalaciones de la entidad, el uso obligatorio de mascarillas, la medición de la temperatura, entre otras medidas.
- Implementar un protocolo interno de atención a personas o servidores/as que, encontrándose en las instalaciones de la entidad, presentan síntomas del COVID-19,
- Establecer un protocolo especial para la rápida atención de trámites en favor de niños, niñas y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad, mujeres embarazadas, entre otras personas en situación de vulnerabilidad y pertenecientes a los grupos de riesgo.
- Requerir la autorización expresa del administrado para la notificación electrónica, de conformidad con las disposiciones vigentes, con excepción de aquellos casos en que, por mandato legal, la notificación electrónica resulte obligatoria.
- Otras medidas en beneficio de los ciudadanos:
- Mantener operativas las mesas de partes virtuales y optimizar su funcionamiento
- En caso de existir la necesidad de realizar reuniones de trabajo o coordinación con gremios o representantes de la sociedad civil, debe preferirse realizarlas de manera virtual mediante el uso de tecnologías de la información.
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